Estimados amigos y amigas, como Red europea por los derechos cívicos y políticos y la Plataforma internacional Mi Diez Por ciento, tenemos el agrado de comunicar a nuestras asociaciones y chilenos/as en general que hemos recibido la información oficial desde la Superintendencia de las AFP, con relación al tema del pago del 10 % en el exterior para aquellos chilenos/as que no dispongan cuenta bancaria en Chile.
En efecto, en dichos documentos la entidad instruye a las AFP a dos formulas para el pago del 10 % a los chilenos en el exterior, y que no disponen de cuenta bancaria en Chile.:
1) Via consulado.
Se podrá hacer esta gestión de manera presencial tanto para mandatar a un tercero en Chile o para recibir el pago directamente.
Se habilitara esta modalidad a partir del 23 de septiembre con la entrega de una solicitud que incluye datos del banco en el extranjero . Sin importar que sus documentos de identidad esten vencidos. "Previo a asistir al consulado, el interesado deberá completar el formulario para solicitar el retiro de fondos, el cual estará disponible en el sitio web de la Administradora o en un sitio web común para todas las Administradoras.La solicitud debe requerir que la información que a continuación se señala sea digitada 2 veces por el interesado: datos bancarios, número de cuenta, banco y código BIC/ SWIFT/ BSB, dirección de correo electrónico, teléfono, no dando la posibilidad de copiar la información previamente ingresada y rechazando la información en caso de no ser coincidente.Si nombra a un mandatario para el cobro, no debe ingresar datos de la cuenta, si no los datos identificatorios del mandatario en Chile: Nombre, RUT, teléfono y correo electrónico."
Plazo para el Pago.
" El monto solicitado a retirar se deberá efectuar en un único pago, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en que las AFP reciban la información de las solicitudes de retiro.
Se hace presente a usted que los afiliados que residan en el extranjero, podrán solicitar el retiro de sus fondos a través de los consulados desde el día 23 de septiembre de 2020." Del oficio 18590 del 10-9-2020
Nuestro dinero, nuestro derecho
No hay comentarios.:
Publicar un comentario