viernes, 6 de marzo de 2015

Propuestas para la construcción de políticas publicas hacia los chilenos en el exterior

PROPUESTAS DE LA RED EUROPEA AL COMITÉ INTERMINISTERIAL PARA LA CONSTRUCCION DE POLITICAS PUBLICAS HACIA LOS CHILENOS EN EL EXTERIOR 


  1. El voto en el exterior no será realidad mientras nuestro poder legislativo no apruebe la ley orgánica constitucional que establezca el procedimiento para materializar la inscripción en el registro electoral y regule la manera en que se realizarán los procesos electorales y plebiscitarios en el extranjero. Se debe principalmente establecer cómo y dónde se sufragará en el exterior, así como modificar la definición de domicilio electoral, el que, según la ley 18’556 es aquel situado dentro de Chile, con el cual la persona tiene un vínculo objetivo, sea porque reside habitual o temporalmente, ejerce su profesión u oficio o desarrolla sus estudios en él. El Servicio electoral, Servel, debe implementar otras formas para solicitar el cambio de domicilio electoral, ya sea a distancia o por medios electrónicos.
  2. A nivel internacional, Chile ratificó en 2005 la Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares. Nos amparamos en el artículo 41 de esta convención que estipula que los trabajadores migratorios y sus familiares tendrán derecho a participar en los asuntos públicos de su Estado de origen y a votar y ser elegidos en elecciones celebradas en ese Estado, de conformidad con su legislación. Es evidente que frente a estos compromisos internacionales, los desafíos para Chile son mayores. Es por ello que pedimos que dicho convenio sea aplicado según estándares internacionales y a la brevedad.
  3. Al modificar el artículo 13 de la Constitución se nos dejó lisa y llanamente sin elección legislativa. La vía en que se resolvió el voto en el exterior demuestra que las decisiones tomadas por el legislativo obviamente afectan a quienes residimos fuera del territorio nacional. Hoy somos cientos de miles los chilenos que no contamos con representación propia en el Congreso. Revertir esta situación es primordial para acercarnos a una democracia plena. Para ello Chile debe dotarse de una región en el exterior que comprenda circunscripciones y distritos electorales.
  4. Del millón de chilenos que estimamos al día de hoy en el extranjero, aproximadamente la mitad nació fuera del territorio nacional. Según el mismo artículo 13 de la Constitución, el ejercicio de los derechos que les confiere la ciudadanía estará sujeto a que hubieren estado avecindados en Chile por más de un año. Es incomprensible e inaceptable que se le exija a los chilenos nacidos en el exterior avecindamiento para alcanzar su calidad de ciudadano.
  5. En octubre y noviembre de este año 2015, el Estado prevé llevar a cabo un nuevo censo de población en el exterior para conocer con precisión actualizada cuantos son y donde se encuentran los chilenos fuera del país, así como otros datos de interés estadístico. Vemos necesario que este proceso se efectúe de acuerdo a estándares internacionales y llevado a cabo por el Instituto nacional de estadísticas, INE.
  6. El impulso a nuestras culturas y a nuestros idiomas debe ser una tarea de todos y todas. Es esencial que el Estado de Chile cree centros culturales en el exterior que faciliten el acercamiento e integración entre los chilenos y la sociedad que nos acoge. Apoyar la creación de los artistas pasa por facilitar la instalación de espacios dedicados a su trabajo. La sociedad civil no dispone de material didáctico para las escuelas creadas por las asociaciones chilenas, y destinadas a enseñar el castellano, las lenguas de los pueblos originarios, la historia y la geografía de Chile a las nuevas generaciones. En esta política pública deben ser integradas las señales abiertas y no codificadas de los canales de Televisión Nacional, estas deben ser accesibles gratuitamente por internet y que incluya la visualización de los chilenos en el exterior.
  7. El retorno y la reinserción de los estudiantes chilenos en el exterior, sean estos de pregrado, grado o postgrado, en el campo laboral y científico en Chile, incluyen los problemas de alta demanda y baja oferta laboral, así como el problema de retorno mismo exigido por Conicyt a sus becarios. Otro punto de interés concierne las cotizaciones sociales de los doctorandos las cuales se paralizan desde su partida al extranjero y solo se reanuda una vez retornados a Chile.
  8. Las razones de este reencuentro con el país son múltiples. Chile debe aprovechar esta instancia y acoger a sus compatriotas, para que las dos partes sean mutuamente beneficiadas. El país debe dotarse de una Ley general de retorno con dignidad para promover y asegurar la integración de los chilenos que de forma voluntaria vuelvan a la patria. Esta ley debe considerar, entre otros: el reconocimiento de títulos profesionales y técnicos; el acceso a beneficios y subsidios en igualdad de derechos y la facilitación de la entrada al país de bienes domésticos y profesionales exentos de derechos aduaneros. En materia de salud, es necesario precisar una cobertura en Fonasa para asegurar atención integral desde el momento del retorno efectivo del migrante chileno y su familia. 
  9. El artículo 67 de la ya mencionada Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, ratificada por Chile en 2005, hace referencia al retorno, en específico en el punto dos, donde se señala que por lo que respecta a los trabajadores migratorios y sus familiares, los Estados Partes interesados cooperarán de manera que resulte apropiada, con miras a fomentar condiciones económicas adecuadas para su reasentamiento y para facilitar su reintegración social y cultural duradera en el estado de origen.
  10. Nuestro país ha suscrito además numerosos convenios bilaterales sobre seguridad social, legalizaciones, reconocimiento de diplomas, de permiso de conducir, facilitación de entrada y salida de los territorios y otros. Sin embargo aún faltan muchos países con los cuales hacerlo y los vigentes deben ser aplicados y/o actualizados, poniendo énfasis en la reciprocidad de los acuerdos.
  11. Existen todavía muchas personas que no han sido acogidas por las leyes de reparación, y que el Estado no reconoce su condición de luchadores por la democracia. Son miles los desterrados a los que no se les reconoce el exilio como un atropello a sus derechos. Exigimos que las comisiones de reparación adopten un funcionamiento permanente con plazos indefinidos para la calificación de las víctimas en su totalidad.
  12. Una nueva relación entre el Estado y la comunidad chilena en el exterior implica el refuerzo humano, financiero, tecnológico y legal de los consulados. El trabajo realizado por la Dirección para la comunidad de chilenos en el exterior, Dicoex, debe elevarse a un rango político administrativo superior, del orden del Ministerio de los chilenos en el exterior, para con ello potenciar cualitativamente la nueva política estatal y sus programas.
  13. Nos acogemos a la Ley de Participación Ciudadana -20.500- considerando que los Consejos consultivos consulares, o como debemos llamarlos ahora Cabildos ciudadanos territoriales, son el mecanismo de aplicación de esta norma en el exterior. Invitamos desde ya a la comunidad chilena en el exterior a apropiarse e impulsar la participación real de los chilenos en los Cabildos ciudadanos territoriales, entendiendo que de esta manera podemos de forma organizada darles seguimiento a todos los asuntos antes planteados, así como los propios acuerdos y resultado de estos consejos.

Santiago de Chile, viernes 6 de marzo de 2015

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